Convención sobre los derechos del niño
Convención sobre los derechos del niño
Este es un resumen de la Convención. Puede leer apartes importantes por el contenido, por el vocabulario jurídico y de la infancia y particularmente porque tiene muchos ejemplos sobre modo subjuntivo.
Artículo 6
1. Los Estados Partes reconocen que todo niño tiene
el derecho intrínseco a la vida...
Artículo 9
1. Los Estados Partes velarán por que el niño
no sea separado de sus padres contra la voluntad de éstos,
excepto cuando, a reserva de revisión judicial, las
autoridades competentes determinen, de conformidad con la
ley y los procedimientos aplicables, que tal separación
es necesaria en el interés superior del niño.
Tal determinación puede ser necesaria en casos particulares...
Artículo 11
1. Los Estados Partes adoptarán medidas para luchar
contra los traslados ilícitos de niños al extranjero
y la retención ilícita de niños en el
extranjero.
Artículo 14
1. Los Estados Partes respetarán el derecho del niño a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión...
Artículo 18
... Incumbirá a los padres o, en su caso, a los representantes legales la responsabilidad primordial de la crianza y el desarrollo del niño.
Artículo 20
1. Los niños temporal o permanentemente privados de
su medio familiar, o cuyo superior interés exija que
no permanezcan en ese medio, tendrán derecho a la protección
y asistencia especiales del Estado...
3. Entre esos cuidados figurarán, entre otras cosas, la colocación en hogares de guarda, la kafala del derecho islámico, la adopción o de ser necesario, la colocación en instituciones adecuadas de protección de menores.